
Noticias Argentinas difundió que el ministro de Economía, Luis Caputo, aceleró la definición de los cambios que el Poder Ejecutivo buscará incorporar al proyecto de Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa que apunta a incentivar la utilización de dinero no declarado mediante un régimen simplificado para determinados contribuyentes.
Con ese objetivo, el titular del Palacio de Hacienda recibirá este jueves a un grupo de contadores y tributaristas para analizar las modificaciones que serán impulsadas sobre el texto.
El encuentro se desarrollará en un contexto marcado por el inminente vencimiento del Impuesto a las Ganancias para personas humanas, previsto para el próximo 27 de julio, una situación que motivó a los profesionales del sector a solicitar una nueva prórroga de los plazos de presentación y pago.
El pedido coloca al Gobierno frente a un escenario de tensión. Si bien el Ministerio de Economía ya había dispuesto una postergación el mes pasado, la evolución de la recaudación tributaria aparece como uno de los factores que condicionan una eventual extensión de los vencimientos.
Entre las principales modificaciones que analiza el Gobierno para la Ley de Inocencia Fiscal figura la eliminación del límite de ingresos anuales de $1.000 millones y del patrimonio de $10.000 millones, con el objetivo de ampliar el universo de contribuyentes que puedan acceder al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias.
Otro de los cambios en estudio consiste en modificar el margen de tolerancia entre la información declarada por el contribuyente y la detectada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), estableciendo un umbral mínimo para que diferencias de escasa magnitud no afecten la presunción de exactitud prevista en el régimen.
Asimismo, el proyecto contemplaría permitir que quienes rectifiquen su declaración jurada dentro de un plazo determinado —que podría ser de 15 días— conserven los beneficios previstos para quienes adhieran al régimen simplificado.
Por último, el Gobierno analiza establecer que los grandes contribuyentes nacionales puedan adherirse al régimen únicamente para cumplir con la presentación y el pago del impuesto, aunque sin acceder a la presunción de exactitud ni a los restantes beneficios liberatorios contemplados por la iniciativa.